El 3.6.09 se publicó en el B.O. la Res 555/2009 de la CNV. La misma modifica el capítulo referido a Fideicomisos del Texto ordenado 2001 de CNV.
Las principales modificaciones son las siguientes:
- Modifcaciones al contenido de los prospectos;
- Incorpora una sección de "Delegación de la ejecución de las funciones de Administración". En este punto, la resolución establece que a efectos de poder delegar las funciones de cobro se deberá contar con un sistema informático que permita al fiduciario conocer las cobranzas realizadas en forma simultánea con su percepción . A los fines de acreditar el cumplimiento de dicho requisito el Auditor Externo deberá emitir dictamen en el momento de la puesta en marcha, sobre el nivel de seguridad del sistema. A la fecha, estamos trabajando con el departamento Advisory en la prepración del mencionado informe.
Vigencia: a partir del día siguiente a la publicación en el B.O. con excepción de el requisito relativo a la obligatoriedad de contar con un sistema informático que permita al fiduciario conocer, en forma simultánea con su percepción, las cobranzas realizadas será exigible a partir del 1/10/09.
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