jueves, 27 de agosto de 2009

Resolución Técnica 26 - Adopción de las normas internacionales de información financiera (NIIF) del Consejo de normas internacionales de contabilidad

El pasado 20 de marzo la Junta de Gobierno de la FACPCE aprobó la RT No. 26 : Adopción de las normas internacionales de información financiera (NIIF) del Consejo de normas internacionales de contabilidad (IASB).

Alcance
Las normas contenidas en esta Resolución Técnica se aplican en los casos en que una entidad de manera obligatoria o por propia opción prepare sus estados contables o informes contables preparados para su difusión externa, de acuerdo con las Normas internacionales de información financiera (NIIF).

Aplicación Obligatoria
Las NIIF se aplican obligatoriamente a la preparación de estados contables de las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 17.811, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen, con la excepción de las entidades para las que la CNV mantenga la posición de aceptar los criterios contables de otros organismos reguladores o de control, tales como las sociedades incluidas en la Ley de Entidades Financieras, compañías de seguros, cooperativas y asociaciones civiles.

Aplicación opcional de las NIIF
Para todas las entidades no alcanzadas por, o exeptuadas de, la aplicación obligatoria de las NIIF, serán aplicables, opcionalmente:

a) las NIIF; o
b) las normas contables profesionales emitidas por esta Federación o las que emita en el futuro, que no estén relacionadas con esta Resolución Técnica.

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